Marzo 28, 2024

Inteligencia artificial para la nueva Constitución

 Inteligencia artificial para la nueva Constitución

De los siguientes 9 artículos, solo el primero –donde habría consenso entre los chilenos– fue redactado por un humano:

Artículo 1. Chile es un Estado social y democrático de derecho.

Artículo 2. El Estado se organiza para garantizar el pleno ejercicio de los derechos y libertades que esta Constitución reconoce a todas las personas, sin distinción alguna por motivos de raza, sexo, idioma, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Artículo 3. La dignidad humana es fundamento del orden político y de la paz social. Nadie puede ser sometido a esclavitud ni servidumbre, ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 4. Todos tienen derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Nadie será privado de ella sino en virtud de sentencia condenatoria emanada de tribunal competente, previo juicio oral que deberá efectuarse dentro de un plazo razonable y con todas las garantías necesarias para la defensa.

Artículo 5. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

Artículo 6. Todo individuo tiene derecho a la libertad de reunión pacífica y a la libertad de asociación para fines lícitos.

Artículo 7. Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida política, económica, cultural y social de la Nación.

Artículo 8. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razones de sexo.

Artículo 9. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses.

Los redactó una gigantesca inteligencia artificial (IA). Fue construida por un conglomerado de 20 universidades, con más de 1.000 investigadores de 70 países. Se entrenó con 1,6 terabytes de texto en 46 idiomas, cuidadosamente seleccionados para minimizar sesgos. Entre ese inmenso volumen de texto también había leyes, tratados y constituciones. Por eso la IA puede imitar su estilo.

Tema por tema, esta IA podría ayudarnos con borradores rápidos que después sean revisados por expertos y la ciudadanía. Por ejemplo, el artículo 4 necesita trabajo. Podríamos borrar “vida” y “seguridad” (para regularlas en artículos aparte) o reemplazar “ella” por “su libertad” y eliminar la palabra “oral”. En los artículos 2 y 8 podríamos cambiar “sexo” por “género”. Y en el artículo 5 cambiaría “procedimiento” por “medio”. Como ven, correcciones en artículos y palabras puntuales. No es perfecta, es cierto, pero entregó un borrador útil en 3,2 minutos. Y si no nos gustó el borrador, en 3,2 minutos entregará otro.

A muchas personas les preocupa que estas inteligencias artificiales, basadas en redes neuronales, pueden ser cajas negras. Pero la tecnología ha avanzado mucho en 5 años y las nuevas versiones (“transformers”) son capaces de dar explicaciones. Por ejemplo, a esta IA se le preguntó qué significa que Chile sea un “Estado social” en el artículo 1. La máquina contestó:

“[…] Significa que este se constituye como una sociedad democrática en la cual los derechos sociales son garantizados por el Estado a través del sistema público de salud, educación, previsión y seguridad social.

“La palabra ‘social’ tiene dos sentidos diferentes. Por un lado, implica que las personas tienen derecho a vivir con dignidad, lo cual incluye no solo su bienestar material sino también sus necesidades espirituales e intelectuales. Por otro lado, la palabra ‘social’ indica que todos los ciudadanos deben contribuir al sostenimiento económico del país mediante impuestos directos o indirectos (impuestos sobre la renta, sobre ventas, etc.)”.

Para algunos sigue costando creer que un acto político tan humano, como darse una Constitución, pueda ser asistido por una máquina. Pero recordemos que el acto genuinamente político es la “aprobación final” –y el debate público que le antecede– mas no la (caligrafía de su) redacción. Dado el rechazo a la primera propuesta y la inestabilidad que ha sufrido Chile, quizás sea hora de ponernos pragmáticos.

¿Qué sentido tiene prolongar una crisis constitucional que, con ayuda de tecnología, podría resolverse antes? Esta será nuestra Constitución para el siglo XXI. Y a los chilenos del 2030 les parecerá obvio que hayamos utilizado inteligencia artificial para acelerar su redacción.

Pablo Bravo Hurtado / Doctor en Derecho.

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