Abril 26, 2024

Ideas para una revisión crítica de la concepción de los derechos humanos

 Ideas para una revisión crítica de la concepción de los derechos humanos

Fernando Astudillo Becerra.-

Muy probablemente temas como la militarización de la araucanía y la represión a los movimientos sociales tenga que ver con la concepción que los gobiernos y en general los Estados tiene de ellos, por eso aparece como importante proponer una revisión crítica de la forma como se conciben hoy.

Algunos importantes autores como Franz J. Hinkelammert han señalado que la constatación de la frustración del proyecto de la iluminación del siglo XVIII[1] no implica necesariamente la renuncia a la emancipación humana. Pero hace ver la necesidad de un replanteo a fondo, postula que es necesario una respuesta que, sin embargo, no será posible sino desde los derechos humanos mismos[2], es decir, invita a hacer una mirada crítica de los derechos humanos y su origen.  Por su parte Boaventura de Souza Santos señala que no hay derechos humanos si no podemos discutir sus conceptos básicos. Ello implica discutirlos de manera que nuestra América Morena pueda participar del diseño y de la conceptualización. Así se hace necesario mirarlos desde una perspectiva de los países y pueblos “subdesarrollados”, para complementar y articularse con la perspectiva del Norte, que ha dominado hasta ahora.[3]

En esta última línea, es que nos atrevemos a presentar estas reflexiones:

La primera idea es que los derechos humanos son o deben ser esencialmente una construcción cultural.

Los pueblos, comunidades y o grupos humanos y las culturas que en ellos se expresan, han desarrollado fórmulas propias de valores y de organización social orientadas a asegurar el respeto y resguardo por la persona humana y por la autodeterminación colectiva e individual.

Por ello, al ser una construcción cultural tienen la capacidad de transformar las realidades sociales, políticas y jurídicas, en este sentido los derechos humanos son expresiones de la experiencia de comunidades y pueblos en búsqueda de un ideal de convivencia y de formas de organizar la sociedad.[4]

Diversas culturas se centran en valores de naturaleza predominantemente colectiva, consecuentemente con ello sus formas de concebir la dignidad humana difieren de los valores de derechos asociados al individuo.

Las diferencias sociales y culturales en las sociedades impactan sobre el universo de valores, como lo evidencia la existencia de paradigmas liberales y socialistas antagónicos. En consecuencia, no existe una única concepción de los derechos humanos, porque no existe una única concepción de la dignidad humana. Esta diversidad de visiones ofrece contrastes dramáticos desde las relaciones de poder que enfrentan distintos colectivos humanos y desde la consecuencia que estas. Visiones diversas provocan en la cotidianeidad de la vida de personas pueblos y comunidades.

La segunda idea, y probablemente una de las centrales, es que los derechos humanos no se originan en las leyes.

Las revoluciones liberales dieron lugar al Estado de Derecho y al reconocimiento de los derechos humanos desde las constituciones y las leyes, estos se reconocen en un determinado ordenamiento jurídico y por un determinado sistema político entre otras cosas por  las demandas impulsadas por los procesos sociales.

No obstante, los derechos humanos no son concesiones de la sociedad, ni prebendas del Estado, ni dependen de su reconocimiento estatal, ni del derecho positivo para poder afirmarlos.

No podemos defender una visión formal ya que ello significaría otorgar legitimidad desde los propios derechos humanos a sistemas de segregación que han negado legalmente, por centenas de años,  derechos de sectores enteros de población.

Cuestión distinta  es el hecho de que haya derechos que para poder ejercerlos, deban estar reconocidos por la institucionalidad vigente. Una población segregada no podrá ejercer sus derechos económicos, sociales y culturales, mientras no lo reconozcan las instituciones que lo administran. No obstante, son precisamente las luchas y las resistencias de los pueblos las que permitirán doblegar los regímenes que niegan sus derechos.

La creación de normas y leyes es producto del debate, la confrontación y también el acuerdo político e ideológico entre los diversos sectores de una comunidad o Estado. Esto dará como resultado un estatuto jurídico que expresará un proyecto colectivo, o no, ya que es posible la hegemonía de un proyecto que se imponga por la fuerza, en oposición justamente a los derechos humanos y en contradicción con los proyectos colectivos.

La historia moderna de las luchas populares permite constatar que en el marco de la organización sociopolítica del Estado moderno, es imprescindible que las conquistas en derechos queden claramente establecidas  en las legislaciones  de los Estados, como un medio para que puedan ser exigidos por las comunidades los pueblos y las personas, ante la sociedad y ante los organismos responsables de garantizarlos[5]. Pero, ello no significa que los derechos humanos tengan su origen en la ley.

Las conquistas expresadas en ley reflejan en definitiva cuales son  los términos de la relación de poder que se ha logrado,  representan el reconocimiento de las demandas y de las condiciones para el respeto y ejercicio de los nuevos derechos.[6]

Por todo esto podemos señalar que los derechos humanos tienen una triple sustentación: ética, los principios, ideas y valores a los que responden;  política, los modelos, proyectos y las luchas por medio de las cuales se reivindican; y  jurídica, las normas y leyes nacionales e internacionales que las convierten en acuerdos y tratados obligatorios para los Estados[7].

La tercera cuestión es el reconocimiento que los derechos humanos, en su conjunto, son políticos, es decir, no solo se reconocen como políticos los derechos de primera generación.

Como recién lo señalamos, ciertas formulaciones de derechos humanos pretenden fundamentar estos desde una perspectiva meramente legal, afirman, muy erróneamente, el presunto carácter neutral de las leyes[8] y aseguran que por ello deben ser excluidas del debate de las ideas y sólo deben ser sometidos al escrutinio en función de su naturaleza jurídica.

El interés por limitar el ámbito de los derechos humanos a la formulación de leyes y a su interpretación por los tribunales y los “profesionales” del derecho se puede interpretar como una la pretensión de invisibilizar las desigualdades de acceso y disfrute de derechos, y de deslegitimar y de ese modo neutralizar las luchas que protagonizan cotidianamente quienes enfrentan la desigualdad, la opresión y la exclusión. El objetivo no es otro que hacer perder fuerza al potencial emancipador de los derechos humanos, evitando el debate sobre las desigualdades, discriminaciones y marginaciones que atraviesan nuestras sociedades y sobre la instrumentación que se hace desde el poder de los órdenes político-jurídicos y de los mecanismos del Estado de derecho y la democracia representativa[9].

Por lo que es necesario rescatar algo que siempre ha sido inherente a los derechos humanos, esto es, la politización del discurso de estos, de modo que los más  vulnerables se apropien de ellos, y los conviertan en el programa que llevará a activar su participación en la transformación de las relaciones de poder que niegan su dignidad.

El profesor Joaquín Herrera Flores ha señalado que los derechos humanos han servido como discurso ideológico para intervenir en la realidad a partir de los intereses de las clases sociales que detentan el poder y de la ideología y la cultura dominantes. Bajo la pretensión de definir “lo humano” en general, se han abstraído los derechos de las realidades concretas, lo que respondería a los objetivos de las ideologías hegemónicas.[10]

Hoy más que nunca no es posibe concebir los Derechos humanos sin una democracia participativa.

El objetivo de un sistema democrático es que mediante mecanismos de participación política se asegure que los  proyectos, intereses y necesidades de todos los sectores de la sociedad se puedan expresar y sean tomados en cuenta en la organización jurídica, política, social, cultural y económica de una sociedad.

Erróneamente se ha asimilado la democracia con una forma o expresión de ella: la liberal representativa. No obstante, gracias a los movimientos por las luchas por reconocimiento de derechos, se ha conseguido ampliar el término por una democracia social, económica, y de lo personal lo que se expresa en los movimientos feministas y en los movimientos LGBTIQ+.

Las conquistas de derechos humanos trae como natural consecuencia:

  • relaciones de poder de mayor equilibrio en la sociedad.
  • genera condiciones de mayor igualdad, justicia y capacidad de incidencia en las decisiones públicas.
  • democracia y derechos humanos, constribuyen a la construcción colectiva de sociedades basadas en el respeto a la persona, las comunidades y a los valores de efectiva participación ciudadana y justicia social,
  • las relaciones sociales se producirán en armonía con las necesidades de dignidad mutua.[11]

No obstante lo recién dicho, no hay que olvidar que la construcción de la democracia como régimen para la garantía de los derechos humanos y la justicia social sigue siendo una tarea pendiente en muchos Estados de la humanidad.

El profesor y político brasileño Francisco C. Weffort ha expresado que una democracia moderna es una democracia en la cual la mayoría del pueblo no esté confinada a la condición de ciudadanos de segunda clase. En la cual, por tanto, la mayoría del pueblo– y no sólo una minoría de privilegiados– esté en condiciones de volverse dirigente. En la cual todos los trabajadores –y no sólo una minoría entre ellos– pueda salir públicamente “a decir su propia verdad”.[12]

La democratización de la sociedad requiere asegurar la participación efectiva, sustantiva de toda las personas y comunidades en lo social, político económico y cultural,  este es el centro si queremos hacer de los derechos humanos una realidad concreta en la vida de la gente.

  • La participación implica una forma de ejercicio ciudadano que hace posible democratizar el poder, al asegurar que todas las personas forman parte de las decisiones públicas.
  • El aumento en la conciencia de poder por parte de la población estimula su participación en las decisiones que los afectan. En consecuencia, la construcción de modelos de organización política y jurídica que garanticen la participación directa en la definición y ejecución de las soluciones a los problemas de la agenda pública, es un prerrequisito para hacer realidad los proyectos de derechos humanos y de democracia. Sólo así puede revertirse la privatización de los espacios públicos y consolidar un paradigma de interés general centrado en las necesidades y valores de cada pueblo, por contraposición a los intereses del mercado y de los sectores privilegiados de la sociedad. Por ello, la lucha efectiva por los derechos humanos significa también la lucha por la transformación de los sistemas políticos, para así garantizar la conquista de espacios crecientes de participación democrática para los distintos sectores de la población[13]. En ese sentido, las políticas públicas desarrolladas por el Estado deben necesariamente asegurar la participación social en todas sus etapas, si quieren verdaderamente responder a las demandas de los sectores que requieren respuestas para la protección y realización de sus derechos humanos.

En esta misma línea ha reflexionado Noam Chomsky quien nos señala que  durante siglos, la legislación progresista y el bienestar social han sido ganados por medio de luchas populares. Estas luchas siguen un ciclo de éxitos y retrocesos y ellas deben ser proseguidas cada día, si lo que se busca es crear una sociedad democrática que ofrezca respuestas genuinas, no cada cuatro años y solo en las urnas[14].

Los derechos humanos se han construido sobre la base de luchas sociales y políticas.

Esto se ha dado en la práctica concreta de los pueblos por conseguir condiciones de vida digna. Ello supuso la toma de conciencia en cada momento histórico de los valores sociales que estaban en juego y de las condiciones que impedian su concreción.  Suponía además la necesidad de organizarse para luchar por su logro,  el que no era otro que conquistar, y tal vez crear, un orden social libre de las fuentes de opresión, orientado a obtener la satisfacción de las necesidades básicas que resultaren principales como grupo humano[15].

Por lo que es posible afirmar que los derechos humanos si bien se pueden concebir como naturales,  absolutos, no están separados de los procesos históricos, sino que son parte fundamental de ellos, es el intento por concretar lo que la conciencia ética de los pueblos reconoce como necesario para vivir con dignidad.

La mirada que ve los derechos humanos como un proyecto que debe ser concretado en la práctica política y cultural de los pueblos, reivindica el carácter fundamental que las luchas sociales tienen en su construcción, ya que no son algo dado, al margen de la realidad cotidiana de la gente.

La fundamentación de los derechos humanos solo en el derecho natural o en una moral absoluta no sólo es incompleta ya que estos tienen como fundamento las necesidades de la persona humana y de las comunidades que buscan concretar aspiraciones individuales y colectivas de vivir en dignidad. Esto significa que no solo derivan de la razón, ni tampoco del reconocimiento de un Estado o del derecho internacional, sino que están vinculados con la existencia física y social, con las condiciones concretas que requieren las personas, comunidades y pueblos en su vida cotidiana para tener una vida digna.

Finalmente, los derechos humanos contienen una visión eurocéntrica que exige su superación.

Hoy vivimos una suerte de instrumentación de los derechos humanos ya que casi todos los Estado los reconocen en sus ordenamientos constitucionales y sus discursos, sin embargo no aseguran su efectividad política y cultural en los procesos sociales protagonizados en nuestra américa morena.

Por lo anterior una de las tareas que hay que asumir es la descolonización de los conceptos de las visiones hegemónicas eurocentristas. Esto requiere un trabajo de reformulación filosófica y política participativa en los procesos de construcción de nuevos modelos de organización social.[16]

Hay que  representar la diversidad cultural que caracteriza a cada pueblo, y la complementación intercultural para articular respuestas a las necesidades de desarrollo de los pueblos desde el respeto a la diversidad.

Ya que hay otras formas, más humanas, de ser, pensar, crear y producir que las que promueve el capitalismo y sus formas neoliberales, formas  que siguen vivas a pesar de todas las catástrofes sufridas desde el inicio de la conquista y la usurpación europea.

Debemos reivindicar los valores fundantes que desde tiempos precolombinos, provienen de nuestra diversidad de raza y cultura, defendiendo concepciones tradicionales inspiradas en el socialismo humanista y ecológico que ha caracterizado, a nuestra vida campesina, indígena, silvícola, pesquera y minera.

En este sentido el concepto indígena del Sumak Kawsay[17](buen vivir), Suma Qamaña[18] (bien vivir) es uno de los medios para enfrentar el desafío de apropiación cultural de los derechos humanos es la reflexión en torno a conceptos propios de las herencias culturales de los pueblos de nuestra américa morena. Este concepto ancestral desafía los valores que conforman las doctrinas liberales y los modelos de desarrollo que han legitimado la explotación del ser humano y la sobreexplotación de los recursos naturales.

El sumak kawsay parte de la premisa de que no hay plenitud del individuo, si no hay buen vivir para el resto de miembros de la comunidad. Así, abarca la felicidad y dignidad de la persona concebidas desde lo colectivo y desde las condiciones materiales que posibilitan la vida en armonía. Por ello, no se enuncia de manera prioritaria desde las libertades de la persona, como sucede con los derechos humanos considerados desde la tradición liberal, sino desde sus deberes en sociedad.

Abarca el territorio y la naturaleza, a los que se debe respetar y cuidar, como espacios donde también tiene lugar la vida.

Si la naturaleza es dañada, si es considerada como un mero objeto que puede aportar  recursos ilimitados para la satisfacción insaciable e inmediata del ser humano, las corporaciones, las mineras y los Estados, entonces el buen vivir se ve comprometido para el presente, y para las generaciones futuras.  Por ello se cuestiona al ser humano como centro de todo, este es el eje central de la concepción de derechos humanos y de desarrollo del mal llamado primer mundo, que ha provocado las crisis ambientales que amenazan la supervivencia humana.

Este último hecho descrito ayuda a entender el rechazo de los pueblos originarios a la visión etnocentrista[19] que proponen las doctrinas hegemónicas de los derechos humanos.  Donde el gran valor es repensarlos esencialmente desde lo cultural.

Seremos capaces de crear un nuevo orden que permita recuperar una auténtica libertad, si quienes se indignan ante su realidad, personal y comunitaria, son capaces de  reconocer la injusticia en el sistema establecido y  de esta forma comprometerse a iniciar procesos no violentos para su transformación.

Santiago de Chile, octubre de 2022

 [1] Peces, Barba. “Historia de los derechos fundamentales”. ver en: https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/12920/derecho_Peces_2003.pdf consultado el 4 de agosto de 2021.

[2] Hinkelammert, Franz (2006). “El retorno del sujeto reprimido”. Editorial caminos . La Habana.

[3] Boaventura de Sousa Santos (2010). “Descolonizar el saber, reinventar el poder”. Ediciones Trilce. Montevideo, Uruguay.

[4] Ravinovich Berkman, Ricardo (2020) En: https://corporacionfundamental.cl/blog/2020/04/05/los-derechos-humanos-una-construccion-que-podria-derrumbarse/  consultada 18 de agosto de 2021.

[5] Nikken, Pedro. La protección de los derechos humanos: haciendo efectiva la progresividad de los derechos económicos, sociales y culturales.  Ver en: https://www.corteidh.or.cr/tablas/r25563.pdf

[6] Herrera Flores, Joaquín (2008) La reinvención de los derechos humanos. Andalucía. España. Editorial Atrapasueños.

[7] Baez, Narciso y Mezzaroba, Orides. Dimensión de los derechos fundamentales. Anuario Jurídico y Económico Escurialense, XLVI (2013) págs103-136

[8] Uno de muchos ejemplos: “El examen de las normas y políticas sobre la base del principio de igualdad efectiva y no discriminación abarca también el posible impacto discriminatorio de estas medidas, aun cuando parezcan neutrales en su formulación o se trate de medidas de alcance general y no diferenciado”. CIDH, Informe Acceso a la justicia par las mujeres víctimas de Violencia en las Américas, 2007, párrafo 90.

[9] Herrera, Joaquin. La reinvención de los Derechos Humanos. Editorial Atrapasueños. Andalucía. España. Págs 53-82.

[10] Herrera Flores Joaquín. “La reinvención de los derechos Humanos”. Editorial Atrapa sueños. Andalucía España.

[11] Durán, Maximiliano. “El concepto de ciudadano en el pensamiento de Simón Rodríguez: igualdad y universalidad”. Revista de Estudios de filosofía práctica y estudio de las ideas vol.12 nº1 Mendoza jun. 2010.

[12] Weffort C, Francisco. Dilemas sobre la legitimidad Política. Revista de la Cepal Nº 35 1988. Santiago de Chile.

[13] Ayala, Erasmo. Hacia una democratización de la sociedad: Un enfoque estructural. Ver en: Downloads/Dialnet-HaciaUnaDemocratizacionDeLaSociedadUnEnfoqueEstruc-6520940.pdf

[14] Entrevista Noam Chomsky por Atilio Boron. Ver en: http://biblioteca.clacso.edu.ar/clacso/se/20100614115325/10chomsky.pdf consultada el 8 de septiembre de 2021.

[15] López, Jairo Antonio. Los Derechos Humanos en movimiento una revisión teórica. Revista Espiral, Estudios sobre Estado y Sociedad Vol. XX No. 56 T Enero / Abril de 2013

[16] Boaventura de Souza santos. Descolonozar el saber , reinventar el poder. Ediciones Trilce 2010. Montevideo Uruguay.

[17] Sumak Kawsay representa el ideal del proyecto social indígena, entendido como una propuesta epistémica basada en las instituciones y las formas de vida andino-amazónicas. Sumak, se traduce, por ejemplo, como: plena, bella, hermosa, espléndida, excelente; y Kawsay, como: vida, existencia, incluso como cultura (Casa de la Cultura Ecuatoriana, 2007), porque para los pueblos ancestrales amazónicos y andinos, la vida es cultura y la cultura es vida. En tal sentido, es importante entender al Sumak Kawsay, como un concepto que surge y existe en un contexto particular y que se encuentra en permanente construcción, oscilando entre una re-apropiación por parte de los pueblos originarios (y del Movimiento Indígena).

[18] Expresión aymara que significa ‘vida en plenitud, en armonía y equilibrio con la naturaleza y en comunidad’.  Vivir bien.

[19] Aguilera Portales, Rafael (2002) “El problema del etnocentrismo en en el debate antropológico entre Clifforf Geertz, Richard Rorty y Levi -Strauss” ver en: https://www.ugr.es/~pwlac/G18_11Rafael_Aguilera_Portales.pdf consultada el 10 de julio de 2021.

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