Marzo 29, 2024

Poderes fácticos: Garantía de impunidad

 Poderes fácticos: Garantía de impunidad

Ocultar en un bóveda documentación que puede contribuir a esclarecer crímenes de lesa humanidad es un hecho grave que amerita una investigación urgente.

Durante mas de cuatro años, miles de testimonios entregados por soldados conscriptos a la Subsecretaría de Derechos Humanos  que  denuncian los malos tratos a que fueron sometidos  mientras cumplían la conscripción obligatoria, pero también se han identificado testimonios que refieren a la violencia que se vieron forzados a ejercer contra civiles. Se reconoce participación en la custodia de prisioneros, allanamientos, detenciones, así como en la perpetración de graves violaciones a los derechos humanos.

Son casi seis mil testimonios que se mantuvieron ocultos sin que las autoridades y funcionarios pertinentes cumplieran los mandatos que establece la ley a los organismos de la administración pública.  No se entregó la información a los tribunales de justicia. Se optó por el silencio o la pasividad negligente.

Con razón los familiares de los detenidos desaparecidos,  los ejecutados políticos  y el  mundo de la defensa  de los derechos humanos están convencidos que los pactos de silencio se extienden más allá de los perpetradores y criminales directos. Poderes fácticos operan para  reforzar el olvido y garantizar la impunidad.

De allí la gravedad de los hechos.  No es aceptable que autoridades, y funcionarios públicos,  activa o negligentemente guarden silencio ante el conocimiento de eventuales delitos. Mas aún cuando la información que se tiene puede contribuir a la verdad, a la justicia y la búsqueda de los cuerpos de aquellos que entregaron la vida en la lucha antidictatorial.

Es  inadmisible ocultar documentación que puede facilitar la realización de la justicia cuando existe un mandato expreso  que  obliga a los organismos de la administración pública  de que, en caso de contar con antecedentes que revistan las características de delito, estos deben ser remitidos a la autoridad judicial competente en el más breve plazo.

Los hechos son a nuestro juicio muy graves y ameritan una investigación responsable y urgente y los familiares se merecen el respeto y una explicación razonable, pues la acción complice o la pasividad negligente obstaculizaron el avance de la justicia y por tanto deben determinarse las responsabilidades judiciales,  administrativas y políticas. 

Como CODEPU nos reservamos el derecho a iniciar las acciones judiciales pertinentes.

CODEPU

24 de mayo de 2022

Editor